POSADAS, 14 de Abril de 2008
VISTO: La Resolución CD Nº 131/06 por la cual se aprueba el Reglamento para la Selección de Docentes y Auxiliares de Docencia Interinos y Suplentes de la Facultad de Ciencias Económicas, y
CONSIDERANDO:
QUE la Comisión de Asuntos Institucionales y Reglamentarios, analizó la propuesta de modificación presentada en la Séptima Sesión Ordinaria del año 2007, sugiriendo aprobar el nuevo Reglamento para la Selección de Profesores y Auxiliares de Docencia Interinos y Suplentes, dejando sin efecto el Artículo 2º de la Resolución CD Nº 131/06;
QUE el Consejo Directivo en el Primer Cuarto Intermedio de la Primera Sesión Ordinaria de fecha 13 de Marzo de 2008, aprobó por unanimidad lo actuado;
POR ELLO
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- DEJAR SIN EFECTO el Artículo 2º de la Resolución CD Nº 131/06 y toda otra normativa que se oponga a la presente.
ARTICULO 2º.- APROBAR el Reglamento para la Selección de Docentes y Auxiliares de Docencia Interinos y Suplentes de la Facultad de Ciencias Económicas, quedando redactado según el Anexo I de la presente Resolución.
ARTICULO 3º.- REGÍSTRESE, Comuníquese, Notifíquese a Secretaría Académica, Secretaría Administrativa, a los Jefes de Departamentos y Cumplido. ARCHIVESE.
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RESOLUCIÓN CD Nº 027/08
REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN DE DOCENTES INTERINOS Y SUPLENTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA UNaM (Art. 81 Estatuto UaM)
NORMAS GENERALES:
1.-DE LAS SELECCIONES:
2. – DEL LLAMADO A INSCRIPCION:
3. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN:
3.1. La Comisión de Evaluación en cada caso, estará compuesta por el titular de la cátedra o Profesor a cargo, otro docente que designa el Departamento de igual o mayor jerarquía de la cargo a seleccionar, el Jefe del Departamento u otro docente propuesto por el mismo, y un representante estudiantil.
El representante estudiantil deberá tener aprobado el 50% de las materias del Plan de Estudio de la carrera correspondiente ala materia motivo del concurso, incluyendo ésta.
3.2. La mencionada Comisión evaluará los antecedentes de los postulantes de acuerdo con las normas previstas en este Reglamento.
4. DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN:
4.1. Cerrada la inscripción, la Oficina de Concursos, gira las presentaciones a la Comisión de Evaluación, debiendo esta analizar en primer término los antecedentes de los aspirantes otorgando los correspondientes puntajes según los criterios fijados por las presentes normas y las pautas específicas elaboradas por dicha Comisión.
4.2. La Comisión de Evaluación, dispondrá la realización de la clase oposición y de la entrevista personal con los postulantes, siendo la Oficina de Concursos responsable de convocarlos.
4.3. La Comisión de Evaluación labrará un Acta en la cual deberá figurar: a) fundamentación explícita de la evaluación; b) escala de puntajes otorgados, puntaje mínimo que acredita la capacidad o no de ejercer el cargo docente; puntaje total otorgado a cada aspirante debidamente fundamentado; orden de merito propuesto dentro de los que acrediten capacidad para ejercer el cargo, en el término de dos (2) días hábiles.
4.4. El original del Acta será entregado a la Oficina de Concursos junto con toda la documentación, para su notificación a los aspirantes dentro de los cinco (5) días hábiles de recibido.
4.5. Los aspirantes podrán interponer Recurso de Reconsideración del Dictamen Notificado ante el Consejo Directivo debiendo fundar el mismo y acompañar las pruebas que hagan a su derecho, en el término de tres (3) días hábiles. El Consejo Directivo considerará el o los recursos, en el término de veinte (20) días hábiles.
5. DE LA NOTIFICACIÓNDE LOS CARGOS:
5.1. En el momento que la Secretaría Académica recepcione el informe del Concejo Directivo, procederá a citar a los aspirantes según el orden de mérito, los que deberán aceptar o renunciar a la postulación para proceder a citar al siguiente aspirante en el orden de mérito. Si en el término del año siguiente, se produce vacancia o suplencia en el cargo seleccionado, debe aplicarse el orden de mérito establecido por la Selección para dicho cargo.
La Secretaría Académica, una vez concluido el Concurso procederá a la devolución de la documentación a los postulantes los que recepcionarán bajo firma.
NORMAS ESPECÍFICAS
6. SELECCION INTERINA PARA CARGOS DE PROFESORES TITULARES ASOCIADOS, ADJUNTOS, Y JEFES DE TRABAJOS PRÁCTICOS Y AYUDANTES DE PRIMERA.
6.1. La Selección para la cobertura de cargos interinos de Profesores Titulares, Asociados, Adjuntos y Jefes de Trabajos Prácticos y Ayudantes de Primera, serán efectuados de acuerdo a la evaluación de títulos y antecedentes, clase de oposición y entrevista personal.
6.2. El máximo de puntaje posible será de cien (100), discriminado de la siguiente manera:
Títulos y antecedentes: hasta 40 puntos.
Entrevista personal: hasta 20 puntos.
Clase de oposición: hasta 40 puntos.
6.3. Los aspectos a evaluar serán:
I TITULOS Y ANTECEDENTES:
a) Título/s
b) Antecedentes docentes.
Universitarios.
No universitarios
Afines a la docencia.
c) Perfeccionamiento e investigación.
d) Publicaciones
e) Antecedentes laborales o profesionales afines a la materia.
6.4. Para la evaluación de los títulos deberá tenerse en cuenta:
Si los títulos son específicos o relacionados con la materia a cubrir, habilita el de grado.
Si los títulos son de grado o de postgrado.
Si los títulos son universitarios o no universitarios.
6.5. Para la evaluación de antecedentes docentes deberá tenerse en cuenta:
a) Cargos docentes ocupados según nivel de enseñanza.
b) Antigüedad de los cargos.
c) Cargos ganados por concurso.
d) Simultaneidad en el ejercicio de los cargos.
e) Afinidad de los cargos ocupados con el ejercicio de la asignatura a cubrir.
6.6. Para la evaluación del perfeccionamiento e investigación deberá tenerse en cuenta:
a) Cursos asistidos, nivel, duración y evaluación.
b) Pasantías, duración y si fueron ganadas por concurso.
c) Investigaciones, concluidas o en desarrollo.
d) Participación en Congresos, Jornadas, Simposios, etc.
6.7. Para la evaluación de publicaciones se tendrá en cuenta la afinidad con la asignatura del concurso, la extensión y la originalidad.
6.8. Para la evaluación de los antecedentes laborales y profesionales se tendrá en cuenta la antigüedad y la afinidad con la materia motivo del concurso.
II ENTREVISTA PERSONAL.
6.9. En la entrevista personal se tenderá a valorar la motivación docente de los candidatos, la forma en que se propone desarrollar la enseñanza, los puntos de vista sobre los temas básicos del conocimiento que debe transmitirse a los alumnos, la importancia relativa y la ubicación de la signatura en el área correspondiente al currículo de la carrera, los medios que propone para mantener actualizada la enseñanza, así como también cualquier otra información que los miembros de la comisión consideren pertinente requerir.
III CLASE DE OPOSICIÓN.
6.10.
La prueba de oposición consistirá en una clase pública ante la Comisión de Evaluación.
a) Para la clase pública de los cargos TITULARES, ASOCIADOS, y ADJUNTOS, la Comisión Evaluadora presentará tres temas del programa vigente del que se sorteará uno.
Para la clase pública de los JEFES DE TRABAJOS PRÁCTICOS y AYUDANTES DE PRIMERA, la Comisión Evaluadora presentará tres trabajos prácticos previstos en el programa de la materia, del que se sorteará uno.
b) La Comisión de Evaluación fijará fecha y hora de realización de la clase pública, procediéndose a la apertura del sobre del tema o trabajo práctico único con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación, con la participación por lo menos de un miembro de la Comisión de Evaluación y los aspirantes que concurran. En el mismo acto se sorteará el orden de exposiciones.
El lugar, fecha y hora del sorteo se notificará a los aspirantes con anticipación exhibiéndose en los transparentes de la Facultad, y en la página Web.
c) La clase pública versará sobre el tema o trabajo práctico sorteado, pudiendo extenderse hasta un máximo de una hora.
d) Ningún aspirante podrá asistir a la exposición de los demás.
6. 11. El postulante que no alcanzare el mínimo del 25% del puntaje máximo no será incluido en el orden de mérito.
7. SELECCION INTERINO PARA AYUDANTES DE SEGUNDA.
7.1. A la Selección para Ayudantes de Segunda podrán presentarse alumnos de las carreras de esta Facultad, que tengan aprobado el Ciclo Básico y la materia objeto del concurso.
7.2. En el caso de Concursos para Ayudantes de Segunda, la evaluación tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
a) ANTECEDENTES.
a.1. El promedio general de las materias rendidas.
a.2. La nota de la materia objeto del concurso.
a.3. Otros antecedentes docentes, adscripciones, ayudantías, etc.
a.4. Otros antecedentes laborales.
a.5. Otros antecedentes a criterio de la Comisión de evaluación.
b) ENTREVISTA PERSONAL:
b.1. Motivación.
b.2. Aptitudes.
b.3. Capacidad de comunicación.
b.4. Otros aspectos a criterio de la Comisión de Evaluación.
c) CLASE DE OPOSICIÓN:
Se rige por lo dispuesto en 6.10 y 6.11 referido a Ayudantes de Primera. El dictamen de la Comisión de Evaluación deberá ser fundada y contendrá la valoración asignada a cada uno de los aspectos indicados en a) b) y c).
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